lunes, 22 de marzo de 2010

Ley de Estencion y Comprencion de la Materia

Comprensión y extensión. Propiedades de los conceptos

Comprensión es el conjunto de notas o conceptos más generales que se hallan incluidos en un concepto. No puedo poseer el concepto hombre, por ejemplo, sin poseer antes, aunque sea confusamente, los conceptos ser animado o animal, viviente, ser corpóreo, ser en general. El concepto objetivo hombre supone todos esos conceptos previos. Su definición es animal racional, y si quiero definir animal tendré que apelar a viviente, etc.
Extensión, en cambio, es el conjunto de conceptos menos generales o de cosas concretas a las que puede aplicarse (atribuirse) el concepto. Así, la extensión del concepto hombre es el conjunto de seres humanos, y el de europeo, el de los que habitan o han habitado nuestro continente.
Estas dos propiedades lógicas de los conceptos, comprensión y extensión, guardan entre sí una relación inversa. Es decir, que a mayor comprensión de un concepto corresponde menor extensión en el mismo, y viceversa. Cuanto más se concreta una idea o concepto, más se limita su esfera de aplicabilidad, y cuanto más se amplia su sentido, mayor será su esfera de atribución. El concepto hombre supone una nota más que el de animal (la racionalidad); su comprensión es mayor, pero su extensión resulta menor, puesto que excluye de su campo a todos los seres animales no racionales. Inversamente, el concepto viviente posee una nota menor que el animal, y por lo mismo conviene a una mayor zona de seres: todos los vegetales que estaban excluidos del concepto animal.
En los puntos extremos de esta doble relación se halla el concepto de máxima extensión y mínima comprensión, que es el de ser, y el de mínima extensión y máxima comprensión, que es el individuo (Juan, Pablo, Luis, etc.). El concepto de ser no posee más que una nota, la misma de ser, por encima de la cual ya no existe ninguna noción más general. Su extensión es, por lo mismo, la más dilatada: todas las cosas reales, materiales, espirituales, ideales, etc., forman parte de su esfera de aplicabilidad. El concepto individual, en el extremo opuesto, representado por el nombre de un individuo (Juan Pérez, por ejemplo), contiene un número indefinido de notas. Posee todas las del concepto hombre más el innumerable número de cualidades propias, individuales, que hacen a un individuo ser ése y no otro. Por ello mismo su extensión es mínima: sólo a ese individuo, Juan Pérez, se puede aplicar ese nombre y ese concepto.
Estas dos propiedades de términos y conceptos (su comprensión y su extensión) permiten una doble consideración de los mismos, que es desarrollada por la lógica de predicados y la lógica de clases.

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